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Mostrando las entradas de noviembre, 2021

EN COMAS, CAMBALACHE 2021, DALE NOMÁS, DÍAZ PÉREZ, TÚ MISMO ERES

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  Dice la letra de un inmortal tango: “el mundo fue y será una porquería, sí señor, en el 510 y en 2,000 también, nada ha cambiado, todo es igual, da lo mismo polizón , rey de bastos, sabio, necio, estafador o un gran señor, los inmorales nos han igualao, da lo mismo ser derecho que traidor, ignorante, sabio o chorro, pretencioso estafador, vivimos en un mundo de maldad insolente,   lo mismo un burro que un gran profesor”, cualquiera es presidente o alcalde, todo es igual. Cuando escribieron este tango, seguro que pensaban en un mundo como el que vivimos en Comas, en 2021 , y el prosor junto a su paisano Raúl Díaz gobernando el Perú, el uno, y Comas el otro. Pero lo nuestro es mucho más grave, porque siquiera Castillo lleva tres meses y pico, y Díaz ya cumple tres años de una malsana gestión, caracterizada por la insolente corrupción y rampante impunidad de la que goza hasta hoy, atropellando a vecinos comeños, pymes y remypes que no sean CONSORCIO DORDIS o SILASA, REPERS...

A ESTAS ALTURAS TODO SE SABE

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  TENA SAAVEDRA, MIL VECES TENA. EN LA SUBGERENCIA DE TRANSPORTES DE COMAS, LAS COSAS ESTÁN QUE ARDEN… “La gestión municipal no será cómplice ni partícipe de hechos irregulares” (Raúl Díaz Pérez). Urgente, un salvavidas para la mafia que vive de los mototaxistas comeños. A estas alturas todo se sabe… Con SILASA, la empresa chalaca encargada de la “fiscalización” de vehículos mayores, las cosas están más claras: fiscalizan, imponen papeletas, “levantan” los vehículos (escondido tras el eufemismo de traslado), cobran las multas ( 30 % de la UIT = S/. 1320 y “rebajado” a S/. 660 dentro de los 5 días siguientes a la multa) y los montos de depósito (S/. 40 a S/. 50 x día, según el TUSNE, aprobado con RA. 208-2020 -AL/MDC) y remolque con la grúa (S/. 200 o S/ 250 si es vehículo liviano o pesado, según el TUSNE, aprobado con RA. 208-2021 -AL/MDC). Todo un negocio.  Según el contrato con la Municipalidad de Comas, por cada vehículo, la Municipalidad se queda con S/. 59 ...

ALLANAMIENTO DE DOMICILIO Y ABUSO DE AUTORIDAD EN COMAS

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  El allanamiento de morada o domicilio, contemplado en nuestro Código Penal vigente es claro y preciso en el art. 160 , cuando señala exactamente que el funcionario público que ingresa sin autorización expresa del dueño o encargados del domicilio y se niega a retirarse por más que se le exija que abandone el mismo. Ahora bien, bajo ninguna circunstancia dicho funcionario público no puede argüir que el local de la empresa o fábrica allanada no es el domicilio de la persona porque no es su casa donde duerme. Hasta la saciedad han tratado diversos tratadistas del derecho sobre este punto. Y el TC ha sido firme y objetivo al determinar que la pluralidad del domicilio se fija por los lugares donde uno ejerce sus actividades diarias.  Las imágenes que nos muestra el video, ahora ya con audio, nos deja claro que el día 26 de Octubre, de este año, la fiscalizadora municipal de Control y Operaciones de Comas Bernardina Vásquez Garay ingresó al local de la empresa, que vemos en e...