VERGÜENZA Y ESCANDALO EN MUNICOMAS
FUNCIONARIOS CORRUPTOS SECUESTRAN Y DESVIAN EXPEDIENTE CON DENUNCIA CONTRA GERENTE MUNICIPAL Y GERENTE OGA Artículo 2. Definición y criterios para determinar la existencia de una organización criminal: 2.1. Para efectos de la presente ley, se consideran las siguientes definiciones: Grupo con estructura desarrollada. Es el grupo de tres o más personas que no ha sido constituido fortuitamente y en el que necesariamente sus miembros tienen determinados roles y correlacionados entre sí, que logran de esa manera su permanencia en el tiempo e integración en la organización. 17. Delitos contra la administración pública, en las modalidades delictivas tipificadas en los artículos 382, 383, 384, 387, 393, 393-A, 394, 395, 396, 397, 397-A, 398, 399, 400 y 401 del Código Penal. ➤ Todo lo escrito líneas arriba tiene un propósito, que no es otro que mostrar cómo actúa esta gentuza que a ojos del público mal informado es una gestión municipal, el caso que denunciamos en esta...